La concesión del amparo por una violación procesal, en suplencia de la queja, impide el análisis de los conceptos de violación planteados por el quejoso en contra de la sentencia reclamada, si estos no hacen procedente el recurso de revisión.
El Tribunal Colegiado concedió el amparo al quejoso por una violación procesal advertida en suplencia de la queja, lo que impidió el análisis de los argumentos del quejoso contra la sentencia reclamada. La Suprema Corte señala que, al limitarse el quejoso a reiterar sus conceptos de violación en la revisión, los cuales no hacían procedente el recurso, no se omitió respuesta a sus planteamientos. Por lo tanto, la concesión del amparo por la violación procesal fue correcta y suficiente.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.