El Tribunal Fiscal debe estudiar todos los conceptos de anulación planteados en la demanda, aun cuando no se hubieran hecho valer en el recurso administrativo previo.
El Tribunal Fiscal de la Federación está obligado a examinar todos los argumentos de anulación presentados en la demanda, sin importar si fueron o no expuestos en el recurso administrativo. El artículo 237 del Código Fiscal de la Federación establece que las sentencias de dicho Tribunal deben abordar todos los puntos en controversia del acto impugnado, permitiendo que el juicio de anulación constituya una nueva litis donde las partes puedan defenderse plenamente.
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