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87/2024ConcedeSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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SEGUNDA SALA

El presupuesto de egresos del Poder Judicial estatal debe contemplar las partidas necesarias para cubrir las pensiones y jubilaciones decretadas, sin que la insuficiencia presupuestaria o la falta de previsión legislativa justifiquen la omisión de dicho pago.

Expediente
87/2024
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
JAVIER LAYNEZ POTISEK
Fecha
28 ago 2024
Materia
sin clasificar
Sentido

Holding · resolución sintética

El presupuesto de egresos del Poder Judicial estatal debe contemplar las partidas necesarias para cubrir las pensiones y jubilaciones decretadas, sin que la insuficiencia presupuestaria o la falta de previsión legislativa justifiquen la omisión de dicho pago.

Resumen

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación analiza la suficiencia presupuestal para el pago de pensiones y jubilaciones decretadas por el Poder Judicial del Estado de Morelos. Se determina que el presupuesto aprobado para el ejercicio fiscal 2023 no contempló partida alguna para cubrir dichos pagos, a pesar de que el Poder Legislativo impone la obligación de pagarlas a partir del día siguiente a la separación de las labores. La Corte establece que la insuficiencia presupuestaria o la falta de previsión legislativa no eximen al Poder Judicial de su obligación de pago, y que el presupuesto debe ser suficiente para cubrir estas prestaciones.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.