La competencia exclusiva de las autoridades federales para conocer de los juicios contra empresas paraestatales, deriva de la interpretación sistemática de los artículos 123, Apartado "A", fracción XXXI, inciso b), subinciso 1), de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1o., párrafo segundo, y 3o., de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; y 527, fracción II, inciso I), de la Ley Federal del Trabajo.
La presente tesis establece la competencia exclusiva de las autoridades federales, específicamente la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, para resolver juicios en contra de empresas paraestatales. Esto se fundamenta en la interpretación de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, que definen a estas empresas como parte de la administración pública paraestatal y sujetas a la jurisdicción federal.
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