La multa impuesta por la Tesorería del Distrito Federal por manifestar rentas inferiores a las pactadas, al no fundarse en la omisión de presentar la declaración respectiva, sino en la conducta descrita en el artículo 113, fracción VI, inciso b), de la Ley de Hacienda, es ilegal, pues la omisión de presentar declaraciones se sanciona en el diverso artículo 47 de la misma ley.
La Tesorería del Distrito Federal impuso una multa a la actora por declarar rentas inferiores a las pactadas. Sin embargo, al contestar la demanda, la autoridad fiscal argumentó que la sanción se debió a la omisión de presentar una declaración. El tribunal determinó que la multa era ilegal, ya que la conducta sancionada (declarar rentas inferiores) no correspondía a la omisión de presentar declaraciones, la cual se encuentra prevista en un artículo distinto de la ley.
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