El principio de estricto derecho obliga al examen de la resolución impugnada únicamente a la luz de las defensas esgrimidas por el agraviado, sin suplir la deficiencia de la queja.
El principio de estricto derecho, aplicable en el juicio de garantías en materia administrativa y sus recursos, limita el análisis del tribunal a los agravios presentados por el recurrente. Esto significa que solo se pueden impugnar los fundamentos de la resolución recurrida, y si alguno de ellos subsiste sin ser desvirtuado, el tribunal deberá confirmar la resolución. No se permite suplir la deficiencia de la queja.
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