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277/2023ConcedeSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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PRIMERA SALA

La negativa de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público de entregar directamente a los municipios recursos federales retenidos por los estados, bajo el argumento de que no se trata de participaciones sino de aportaciones, es violatoria del artículo 115 de la Constitución Federal, al contravenir el espíritu del artículo 6 de la Ley de Coordinación Fiscal.

Expediente
277/2023
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
JUAN LUIS GONZÁLEZ ALCÁNTARA CARRANCÁ
Fecha
10 ene 2024
Materia
sin clasificar
Sentido
concede

Holding · resolución sintética

La negativa de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público de entregar directamente a los municipios recursos federales retenidos por los estados, bajo el argumento de que no se trata de participaciones sino de aportaciones, es violatoria del artículo 115 de la Constitución Federal, al contravenir el espíritu del artículo 6 de la Ley de Coordinación Fiscal.

Resumen

La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público no puede negar la entrega directa de recursos federales a los municipios, aun cuando estos sean clasificados como aportaciones y no participaciones. Al hacerlo, la Secretaría contraviene el artículo 115 constitucional y el espíritu del artículo 6 de la Ley de Coordinación Fiscal, que busca asegurar que los municipios reciban los fondos que les corresponden, independientemente de la clasificación que la autoridad estatal o federal intente darles.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.