La negativa de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público de entregar directamente a los municipios recursos federales retenidos por los estados, bajo el argumento de que no se trata de participaciones sino de aportaciones, es violatoria del artículo 115 de la Constitución Federal, al contravenir el espíritu del artículo 6 de la Ley de Coordinación Fiscal.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público no puede negar la entrega directa de recursos federales a los municipios, aun cuando estos sean clasificados como aportaciones y no participaciones. Al hacerlo, la Secretaría contraviene el artículo 115 constitucional y el espíritu del artículo 6 de la Ley de Coordinación Fiscal, que busca asegurar que los municipios reciban los fondos que les corresponden, independientemente de la clasificación que la autoridad estatal o federal intente darles.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.