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455/2014TCC10ª Época✓ Fuente verificada
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Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Tercer Circuito· tema sin holding extraído

Se consideran INOPERANTES los conceptos de violación, dado que en la parte de la sentencia aquí reclamada que se controvirtió en los conceptos de violación (donde se determinó que no procedía ordenar la devolución de las cantidades que la actora pagó por concepto de los Impuestos Sobre Nóminas, Sobre Remuneraciones al Trabajo Personal en el Estado de Baja California y Sobre Erogaciones por Remuneraciones al Trabajo Personal Prestado en el Estado de México para los ejercicios fiscales de dos mil dos y dos mil tres), se emitió en estricto cumplimiento a la sentencia recaída al revisión fiscal 305/2013 (que fue la ejecutoria que se cumplimentó en la sentencia ahora reclamada), es decir, sin plenitud de jurisdicción y, a su vez, la Sala Fiscal se limitó a acatar los lineamientos ordenados por este Tribunal Colegiado.

Expediente
455/2014
Tribunal
Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Tercer Circuito
Ponente
Filemón Haro Solís
Fecha
22 oct 2015
Materia
administrativa
Sentido

Tema · autorreporte del tribunal

Se consideran INOPERANTES los conceptos de violación, dado que en la parte de la sentencia aquí reclamada que se controvirtió en los conceptos de violación (donde se determinó que no procedía ordenar la devolución de las cantidades que la actora pagó por concepto de los Impuestos Sobre Nóminas, Sobre Remuneraciones al Trabajo Personal en el Estado de Baja California y Sobre Erogaciones por Remuneraciones al Trabajo Personal Prestado en el Estado de México para los ejercicios fiscales de dos mil dos y dos mil tres), se emitió en estricto cumplimiento a la sentencia recaída al revisión fiscal 305/2013 (que fue la ejecutoria que se cumplimentó en la sentencia ahora reclamada), es decir, sin plenitud de jurisdicción y, a su vez, la Sala Fiscal se limitó a acatar los lineamientos ordenados por este Tribunal Colegiado.

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