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7578/2023NiegaSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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PRIMERA SALA

La responsabilidad penal del sentenciado en la comisión de un delito debe demostrarse más allá de toda duda razonable, sin que baste la acreditación de la materialidad del ilícito.

Expediente
7578/2023
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
ALFREDO GUTIÉRREZ ORTIZ MENA
Fecha
22 may 2024
Materia
sin clasificar
Sentido
niega

Holding · resolución sintética

La responsabilidad penal del sentenciado en la comisión de un delito debe demostrarse más allá de toda duda razonable, sin que baste la acreditación de la materialidad del ilícito.

Resumen

El presente caso aborda la cuestión de si la responsabilidad penal de un sentenciado en un delito de homicidio calificado fue debidamente acreditada. El quejoso no impugnó la materialidad del delito, sino su plena responsabilidad. El tribunal colegiado determinó que, si bien la materialidad del ilícito se acreditó, la plena responsabilidad penal del sentenciado no quedó demostrada más allá de toda duda razonable. Los terceros interesados se inconformaron con esta valoración probatoria, pero al no existir una cuestión de constitucionalidad, el recurso de revisión fue desechado.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.