La orden de revisión de gabinete no requiere la especificación de los impuestos a revisar, bastando la solicitud de documentación o informes para el ejercicio de las facultades de comprobación fiscal, a diferencia de la visita domiciliaria que exige la precisión de los impuestos por la intromisión en el domicilio del contribuyente.
El presente caso distingue entre la orden de visita domiciliaria y la orden de revisión de gabinete. Se establece que mientras la primera requiere la especificación de los impuestos por ser una intromisión en el domicilio del contribuyente, la segunda, al realizarse en las oficinas de la autoridad y basarse en la documentación presentada por el propio contribuyente, no necesita dicha especificación, siendo suficiente la solicitud de documentos o informes para ejercer las facultades de comprobación.
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