La existencia de un cambio de situación jurídica de manera irreparable, derivado de la sustitución del acto reclamado por una nueva resolución que concluye un procedimiento administrativo sin observaciones, actualiza la causal de improcedencia prevista en el artículo 61, fracción XVII, de la Ley de Amparo, lo que conduce a sobreseer el juicio de amparo.
El tribunal colegiado revocó y sobreseyó el juicio de amparo al actualizarse la causal de improcedencia por cambio de situación jurídica irreparable. El acto reclamado, originado en una orden de revisión de escritorio, fue sustituido por una nueva resolución que concluyó el procedimiento sin observaciones. Ante esta nueva situación, el tribunal determinó que no podía pronunciarse sobre la constitucionalidad del acto original sin afectar la situación jurídica actual, lo que justificó el sobreseimiento.
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