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28/2023OtroJuzgado11ª Época✓ Fuente verificada
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Juzgado Primero de Distrito en Materia de Concursos Mercantiles, con residencia en la Ciudad de México y jurisdicción en toda la República Mexicana

La declaración de concurso mercantil es procedente cuando se acredita el incumplimiento generalizado en el pago de obligaciones, dando lugar a la apertura de la etapa de conciliación y la designación de un conciliador.

Expediente
28/2023
Tribunal
Juzgado Primero de Distrito en Materia de Concursos Mercantiles, con residencia en la Ciudad de México y jurisdicción en toda la República Mexicana
Ponente
Olga Borja Cárdenas
Fecha
28 sep 2023
Materia
sin clasificar
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La declaración de concurso mercantil es procedente cuando se acredita el incumplimiento generalizado en el pago de obligaciones, dando lugar a la apertura de la etapa de conciliación y la designación de un conciliador.

Resumen

El Juzgado Primero de Distrito en Materia de Concursos Mercantiles declaró procedente la demanda de concurso mercantil contra la comerciante *** al acreditarse el incumplimiento generalizado de sus obligaciones. Consecuentemente, se declaró abierta la etapa de conciliación por 185 días naturales, se ordenó la designación de un conciliador y se estableció la fecha de retroacción del concurso al 1 de enero de 2023. Asimismo, se emitieron diversas disposiciones relativas a la lista de acreedores, el procedimiento de reconocimiento de créditos, la suspensión de pagos y mandamientos de ejecución, y la publicación de la sentencia.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.