La declaratoria de inconstitucionalidad de una norma general, al ser de orden público, debe prevalecer sobre la voluntad de las partes en el juicio de amparo.
El tribunal colegiado modificó la sentencia de amparo, sobreseyó el juicio, negó la protección constitucional solicitada y declaró sin materia el recurso de revisión adhesiva. La negativa del amparo se fundamentó en que la cuestión planteada sobre la inconstitucionalidad del artículo 25, fracción VI, de la Ley de Ingresos de la Federación para 2019, ya había sido resuelta por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la cual determinó que dicha norma es constitucional. Por lo tanto, la declaratoria de inconstitucionalidad, al ser de orden público, prevalece sobre la voluntad de las partes.
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