El recurso de revisión es improcedente contra la resolución que desecha un recurso de queja, al no estar previsto en los supuestos de procedencia del artículo 81 de la Ley de Amparo.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó desechar un recurso de revisión al considerar que este medio de impugnación es improcedente contra la resolución que resuelve un recurso de queja, ya que no se encuentra contemplado en las hipótesis de procedencia establecidas en el artículo 81 de la Ley de Amparo. Por lo tanto, los agravios presentados por la parte quejosa resultaron inoperantes.
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