El recurso de revisión en amparo directo constituye un medio de impugnación extraordinario cuya procedencia está supeditada al cumplimiento de los requisitos expresamente establecidos en la Constitución Federal y la Ley de Amparo.
El presente asunto se refiere a un recurso de revisión interpuesto contra una sentencia dictada en un juicio de amparo directo en materia penal. La Suprema Corte de Justicia de la Nación, a través de su Primera Sala, se declaró competente para conocer del recurso. Se determinó que la parte recurrente cuenta con la legitimación necesaria para interponerlo, al haber sido reconocida como quejosa en el juicio de amparo de origen. Finalmente, se establece que el recurso de revisión en amparo directo es un medio de impugnación extraordinario, cuya procedencia está sujeta al cumplimiento estricto de los requisitos constitucionales y legales aplicables.
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