La tasa adicional del 10% de ISR por el pago de dividendos y utilidades a residentes en el extranjero, prevista en la Ley del Impuesto sobre la Renta, contraviene la garantía de equidad tributaria al otorgar un trato distinto a los ingresos percibidos por personas morales residentes en México por el mismo concepto, quienes no causan dicho impuesto adicional.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación analizó la constitucionalidad de diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta, específicamente aquellas que establecen una tasa adicional del 10% sobre dividendos y utilidades distribuidos a residentes en el extranjero. El argumento principal se centró en la violación a la garantía de equidad tributaria, al considerar que se otorga un trato desigual a sujetos en situaciones comparables, ya que las personas morales residentes en México no están sujetas a esta tasa adicional por los mismos conceptos. La Corte determinó que esta diferencia de trato carece de justificación objetiva y razonable.
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