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1000/2016OtroSCJN10ª Época✓ Fuente verificada
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SEGUNDA SALA

La obligación de presentar la declaración informativa país por país, prevista en el artículo 76-A de la Ley del Impuesto sobre la Renta, es constitucional y su incumplimiento puede generar sanciones, incluyendo la imposibilidad de contratar con el sector público.

Expediente
1000/2016
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
ALBERTO PÉREZ DAYÁN
Fecha
8 feb 2017
Materia
sin clasificar
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La obligación de presentar la declaración informativa país por país, prevista en el artículo 76-A de la Ley del Impuesto sobre la Renta, es constitucional y su incumplimiento puede generar sanciones, incluyendo la imposibilidad de contratar con el sector público.

Resumen

El presente caso analiza la constitucionalidad del artículo 76-A de la Ley del Impuesto sobre la Renta, que obliga a los grupos empresariales multinacionales a presentar una declaración informativa país por país. Se argumenta que esta declaración es fundamental para que las autoridades fiscales obtengan información sobre la distribución de ingresos e impuestos pagados a nivel global, y así prevenir la elusión fiscal. El incumplimiento de esta obligación puede acarrear sanciones, como la prohibición de contratar con el sector público, conforme a lo establecido en el artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.