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SJF · Tesis

La fijación del monto de la compensación a que tiene derecho un núcleo de población ejidal, en los términos de la ley aplicable, constituye el cumplimiento de un fallo protector y deja sin materia el recurso de revisión interpuesto contra la sentencia que ordenó dicha fijación.

Expediente
Tribunal
Semanario Judicial de la Federación
Ponente
Fecha
1 ene 1974
Materia
administrativa
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La fijación del monto de la compensación a que tiene derecho un núcleo de población ejidal, en los términos de la ley aplicable, constituye el cumplimiento de un fallo protector y deja sin materia el recurso de revisión interpuesto contra la sentencia que ordenó dicha fijación.

Resumen

El presente caso analiza la consecuencia de que las autoridades responsables acrediten haber cumplido con el fallo protector que ordenaba fijar una compensación a un núcleo ejidal. Al haber fijado el monto de la compensación, oyendo el parecer de los ejidatarios y del departamento correspondiente, se considera que la sentencia de amparo se ha cumplido en sus términos. Por lo tanto, el recurso de revisión interpuesto por las responsables y el tercero perjudicado queda sin materia, ya que el objetivo del juicio de amparo se ha alcanzado.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.