La identificación de los servidores públicos que levantan multas o realizan actos de molestia debe ser completa, incluyendo el cargo y el nombre de quien expide la credencial, para evitar indefensión al particular.
Se demanda la nulidad de una boleta de infracción emitida por la Guardia Nacional. La actora argumenta que el personal que levantó la infracción no se identificó debidamente. El Tribunal considera fundado este argumento, ya que la boleta de infracción omitió asentar el cargo y el nombre del funcionario que expidió la credencial del agente, contraviniendo el artículo 65 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo y la jurisprudencia aplicable. Por lo anterior, se declara la nulidad lisa y llana de la boleta de infracción.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.