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7426/2023NiegaSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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PRIMERA SALA

La prueba circunstancial, al no ser una prueba prohibida por la ley, no contraviene el principio de legalidad.

Expediente
7426/2023
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
JORGE MARIO PARDO REBOLLEDO
Fecha
15 ene 2025
Materia
sin clasificar
Sentido
niega

Holding · resolución sintética

La prueba circunstancial, al no ser una prueba prohibida por la ley, no contraviene el principio de legalidad.

Resumen

El tribunal de amparo confirmó la constitucionalidad del artículo 261 del Código de Procedimientos Penales para el Distrito Federal, relativo a la prueba circunstancial. Se apoyó en la jurisprudencia de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación que establece que dicha prueba no viola la garantía de legalidad, al no tratarse de una prueba ilícita o prohibida por la ley.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.