La acción ejecutiva mercantil es procedente y se acredita cuando el demandado, constituido en rebeldía, no acredita deber una cantidad menor a la reclamada, procediendo la condena al pago de suerte principal e intereses moratorios.
El Juzgado de Distrito en Materia Mercantil Federal determinó la procedencia de la vía ejecutiva mercantil y la acción ejercida contra un demandado en rebeldía. Se acreditó la suerte principal y se condenó al pago de intereses moratorios a una tasa anual del 34.25%, al no haber el demandado demostrado una cantidad menor adeudada.
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