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SJF · Tesis

La improcedencia del recurso de revisión fiscal se actualiza cuando el juicio de nulidad no versa sobre la determinación de sujetos obligados a cubrir cuotas obrero patronales, conceptos que integran la base de cotización o el grado de riesgo de los empresarios, y la cuantía del negocio no excede de tres mil quinientas veces el salario mínimo general diario del área geográfica correspondiente al Distrito Federal, vigente al momento de la emisión de la sentencia recurrida.

Expediente
Tribunal
Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Ponente
Fecha
1 jun 1992
Materia
administrativa
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La improcedencia del recurso de revisión fiscal se actualiza cuando el juicio de nulidad no versa sobre la determinación de sujetos obligados a cubrir cuotas obrero patronales, conceptos que integran la base de cotización o el grado de riesgo de los empresarios, y la cuantía del negocio no excede de tres mil quinientas veces el salario mínimo general diario del área geográfica correspondiente al Distrito Federal, vigente al momento de la emisión de la sentencia recurrida.

Resumen

El presente criterio establece las condiciones bajo las cuales un recurso de revisión fiscal en materia fiscal es improcedente. Se determina que la improcedencia se actualiza si el juicio de nulidad no aborda aspectos cruciales como la determinación de los sujetos obligados al pago de cuotas obrero patronales, los elementos que componen la base de cotización, o el grado de riesgo de los empresarios. Adicionalmente, se considera la cuantía del negocio, la cual no debe exceder de tres mil quinientas veces el salario mínimo general diario vigente en el Distrito Federal al momento de la sentencia recurrida.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.