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5844/2024OtroSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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SEGUNDA SALA

La cosa juzgada constituye un principio de orden público que impide el reexamen de cuestiones ya decididas en un juicio previo, incluso ante la alegación de violaciones a derechos humanos, para garantizar el acceso a la justicia y la certeza jurídica.

Expediente
5844/2024
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
YASMÍN ESQUIVEL MOSSA
Fecha
29 ene 2025
Materia
sin clasificar
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La cosa juzgada constituye un principio de orden público que impide el reexamen de cuestiones ya decididas en un juicio previo, incluso ante la alegación de violaciones a derechos humanos, para garantizar el acceso a la justicia y la certeza jurídica.

Resumen

La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que la figura de la cosa juzgada debe prevalecer incluso cuando se aleguen violaciones a derechos humanos. Esto se fundamenta en la necesidad de salvaguardar la garantía de acceso a la justicia y evitar decisiones contradictorias, privilegiando la certeza jurídica sobre el derecho de las partes a reabrir un debate ya resuelto.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.