La cosa juzgada constituye un principio de orden público que impide el reexamen de cuestiones ya decididas en un juicio previo, incluso ante la alegación de violaciones a derechos humanos, para garantizar el acceso a la justicia y la certeza jurídica.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que la figura de la cosa juzgada debe prevalecer incluso cuando se aleguen violaciones a derechos humanos. Esto se fundamenta en la necesidad de salvaguardar la garantía de acceso a la justicia y evitar decisiones contradictorias, privilegiando la certeza jurídica sobre el derecho de las partes a reabrir un debate ya resuelto.
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