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SJF · Tesis

La determinación del juicio de lesividad, al declarar incorrecta la devolución del pago de lo indebido, implica la aplicación de un precepto declarado inconstitucional, lo cual constituye una violación al artículo 16 de la Constitución Federal por indebida fundamentación.

Expediente
Tribunal
Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Ponente
Fecha
1 may 2010
Materia
administrativa
Sentido

Holding · resolución sintética

La determinación del juicio de lesividad, al declarar incorrecta la devolución del pago de lo indebido, implica la aplicación de un precepto declarado inconstitucional, lo cual constituye una violación al artículo 16 de la Constitución Federal por indebida fundamentación.

Resumen

Se establece que cuando una autoridad fiscal, al responder una consulta, confirma la deducibilidad de deudas para el cálculo del impuesto al activo y posteriormente un contribuyente obtiene la devolución de pagos indebidos, la promoción de un juicio de lesividad para revertir esa devolución implica la aplicación de un artículo (5o., segundo párrafo, de la Ley del Impuesto al Activo) que ya había sido declarado inconstitucional por la Suprema Corte. Esto viola el artículo 16 constitucional por indebida fundamentación, ya que se aplica una norma que no debió ser considerada.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.