InvestigaciónDocumento
En línea
165/2016NiegaTCCNiega · revoca acto10ª Época✓ Fuente verificada
Verificado contra fuente oficial
SJF · Ejecutoria

El cumplimiento sustituto de una sentencia, en el orden mercantil, procede cuando el ejecutante acredita la imposibilidad material o jurídica para su ejecución en los términos dictados, optando por el pago de daños, perjuicios e intereses.

Expediente
165/2016
Tribunal
Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Ponente
Fecha
13 nov 2017
Materia
sin clasificar
Sentido
niega

Holding · resolución sintética

El cumplimiento sustituto de una sentencia, en el orden mercantil, procede cuando el ejecutante acredita la imposibilidad material o jurídica para su ejecución en los términos dictados, optando por el pago de daños, perjuicios e intereses.

Resumen

El presente caso analiza la procedencia del cumplimiento sustituto de una sentencia en materia mercantil. Se establece que para que proceda, el ejecutante debe acreditar la imposibilidad material o jurídica de cumplir la sentencia en sus términos, y optar por el pago de daños, perjuicios e intereses. En el caso concreto, se determinó que la imposibilidad material alegada para la compensación de deudas había desaparecido, ya que el recinto fiscalizado fue judicialmente tenido por entregado, dejando sin materia el incidente de cumplimiento sustituto.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.