La admisión de una demanda laboral con pluralidad de demandados, cuando solo se exhiben parcialmente las constancias de no conciliación prejudicial, debe reservarse hasta que se cuente con todos los documentos o se informe sobre la transacción, a fin de evitar la fragmentación del proceso y resoluciones contradictorias.
El Tribunal Colegiado analiza la problemática de admitir una demanda laboral cuando existen varios demandados y la parte actora solo exhibe la constancia de no conciliación respecto de algunos de ellos. Se determina que, para evitar la fragmentación del proceso y resoluciones contradictorias, el tribunal debe reservar la admisión de la demanda hasta que se cuente con todas las constancias de no conciliación o se informe sobre una transacción. Se concede el amparo para que el tribunal responsable deje insubsistente el archivo del juicio y proceda conforme a los lineamientos establecidos, admitiendo la demanda por los demandados respecto de los cuales se cumplió el requisito y reservando el juicio hasta obtener las constancias faltantes o noticias de la conciliación.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.