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SJF · Tesis

Los auditores fiscales están facultados para analizar y valorar las pruebas y documentos aportados por el contribuyente para desvirtuar los hechos u omisiones consignados en la última acta parcial, dentro del procedimiento de visita domiciliaria, conforme al artículo 46, fracciones I y IV, del Código Fiscal de la Federación.

Expediente
Tribunal
Ponente
Fecha
1 ene 2009
Materia
administrativa
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

Los auditores fiscales están facultados para analizar y valorar las pruebas y documentos aportados por el contribuyente para desvirtuar los hechos u omisiones consignados en la última acta parcial, dentro del procedimiento de visita domiciliaria, conforme al artículo 46, fracciones I y IV, del Código Fiscal de la Federación.

Resumen

La presente tesis establece que los auditores fiscales, en el curso de una visita domiciliaria, tienen la facultad de examinar y ponderar las pruebas y documentos que el contribuyente presente para refutar los hechos u omisiones asentados en el acta parcial. Esta facultad se deriva del artículo 46, fracciones I y IV, del Código Fiscal de la Federación, permitiendo a los auditores realizar un análisis detallado y asentar las conclusiones en el acta final o en un documento aparte, sin perjuicio de la determinación final que corresponda a la autoridad fiscal competente.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.