El sobreseimiento en el juicio de amparo indirecto procede cuando la reforma constitucional imposibilita material y jurídicamente la concesión del amparo, al actualizarse la causa de improcedencia prevista en el artículo 61, fracción XXIII, en relación con el diverso 77, ambos de la Ley de Amparo.
El presente amparo en revisión se relaciona con la impugnación de un decreto y su acto de aplicación, donde el juzgado de distrito concedió el amparo al considerar que las normas arancelarias violaban el derecho a la igualdad. Sin embargo, la Suprema Corte, al resolver casos similares, determinó sobreseer los juicios de amparo indirecto. Esto se debió a que una reforma constitucional posterior imposibilitó material y jurídicamente la concesión del amparo, actualizando la causa de improcedencia prevista en la Ley de Amparo.
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