Las personas morales oficiales carecen de legitimación para interponer el recurso de queja contra la resolución que impone multa a un servidor público por incumplir una ejecutoria de amparo, ya que dicha sanción afecta el patrimonio personal del servidor y no el de la dependencia.
La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió una contradicción de tesis respecto a la legitimación de las personas morales oficiales para interponer el recurso de queja contra multas impuestas a servidores públicos por incumplir sentencias de amparo. Se determinó que dichas multas recaen sobre el patrimonio personal del servidor público y no sobre el de la dependencia, por lo que la persona moral oficial carece de legitimación para impugnar la resolución.
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