Las Leyes de Ingresos municipales que establecen cobros por bailes o eventos particulares, o por la realización de juegos o deportes que provoquen molestias, vulneran los derechos a la libertad de reunión, al libre desarrollo de la personalidad y los principios de seguridad jurídica, legalidad y proporcionalidad.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió la acción de inconstitucionalidad 24/2024, declarando la invalidez de diversas disposiciones en las Leyes de Ingresos de municipios de Coahuila para el ejercicio fiscal 2024. Se determinó que los cobros por bailes o eventos particulares, así como por juegos o deportes que generen molestias, contravienen derechos fundamentales y principios constitucionales. Sin embargo, se reconoció la validez de otras disposiciones y se sobreseyó respecto de una fracción específica de la Ley de Ingresos del Municipio de San Buenaventura.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.