InvestigaciónDocumento
En línea
Verificado contra fuente oficial
SJF · Tesis

Las Salas del Tribunal Fiscal de la Federación, en cumplimiento al artículo 237 del Código Fiscal de la Federación, deben resolver todos los puntos controvertidos del acto impugnado, sin importar si consideran fundado alguno de ellos.

Expediente
Tribunal
Semanario Judicial de la Federación
Ponente
Fecha
1 jul 1990
Materia
administrativa
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

Las Salas del Tribunal Fiscal de la Federación, en cumplimiento al artículo 237 del Código Fiscal de la Federación, deben resolver todos los puntos controvertidos del acto impugnado, sin importar si consideran fundado alguno de ellos.

Resumen

El Tribunal Fiscal de la Federación tiene la obligación de resolver todos los puntos controvertidos planteados en la demanda y en la contestación, conforme al artículo 237 del Código Fiscal de la Federación. Esto asegura que todas las cuestiones litigiosas sean analizadas por el tribunal de alzada, impidiendo que los tribunales de amparo o de revisión aborden directamente argumentos que aún no han sido materia de pronunciamiento por parte de la Sala Fiscal.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.