La compensación por retiro voluntario pactada en un contrato colectivo de trabajo debe calcularse sobre la base del salario tabulado, salvo que el pacto establezca expresamente lo contrario.
El presente caso analiza la base para el cálculo de la compensación por retiro voluntario establecida en un contrato colectivo de trabajo. Se determina que, de acuerdo con la interpretación sistemática de los artículos contractuales, la intención de las partes al pactar esta prestación fue que se calculara sobre el salario tabulado, y no sobre el salario integrado, a menos que se hubiera especificado expresamente. La naturaleza de la prestación se considera un reconocimiento al desempeño y no una indemnización.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.