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SEGUNDA SALA

La suplencia de la queja deficiente en materia agraria debe operar aun cuando el planteamiento de inconstitucionalidad se formule de manera defectuosa, siempre que sea posible advertir la transgresión a un derecho humano o a un precepto constitucional.

Expediente
5745/2024
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
ALBERTO PÉREZ DAYÁN
Fecha
19 feb 2025
Materia
sin clasificar
Sentido
concede

Holding · resolución sintética

La suplencia de la queja deficiente en materia agraria debe operar aun cuando el planteamiento de inconstitucionalidad se formule de manera defectuosa, siempre que sea posible advertir la transgresión a un derecho humano o a un precepto constitucional.

Resumen

El presente asunto versa sobre un recurso de revisión interpuesto por una Comunidad Agraria en contra de una sentencia que modificó la cantidad de tierras a excluir en un litigio agrario. La comunidad argumentó, entre otras cosas, la aplicación de un reglamento derogado y la omisión de interpretar el artículo 27 constitucional. La Suprema Corte de Justicia de la Nación analiza la procedencia del recurso y la aplicación de la suplencia de la queja deficiente en materia agraria, considerando que esta debe operar incluso ante planteamientos defectuosos si se advierte una transgresión constitucional.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.