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3395/2025SCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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PLENO

La caducidad de la acción penal, al no permitir la protección adecuada de los derechos de las víctimas y las personas inculpadas, contraviene los principios constitucionales que rigen el proceso penal.

Expediente
3395/2025
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
ARÍSTIDES RODRIGO GUERRERO GARCÍA
Fecha
21 ene 2026
Materia
sin clasificar
Sentido

Holding · resolución sintética

La caducidad de la acción penal, al no permitir la protección adecuada de los derechos de las víctimas y las personas inculpadas, contraviene los principios constitucionales que rigen el proceso penal.

Resumen

La Suprema Corte de Justicia de la Nación analiza la inconstitucionalidad del artículo 282 del Código de Procedimientos Penales para el Estado de Baja California, que regula la caducidad de la acción penal. Se determinó que este mecanismo, al no garantizar la protección efectiva de los derechos tanto de las víctimas como de los inculpados, resulta contrario a los principios constitucionales del proceso penal. Por lo tanto, se considera que la aplicación de dicha figura puede vulnerar los derechos humanos fundamentales.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.