La resolución de la Secretaría de Hacienda que niega la devolución de un impuesto es legal si dicho tributo ha sido repercutido a terceros, conforme al artículo 10 de las Leyes de Ingresos de la Federación para los años de 1960, 1961 y 1962.
Se analiza la legalidad de una negativa de devolución de impuestos por parte de la Secretaría de Hacienda. El tribunal determinó que, si el impuesto de compraventa de aguas envasadas se repercute a los consumidores finales, como se desprende del informe de la Secretaría de Industria y Comercio, entonces no procede la devolución. Esto se basa en el artículo 10 de las Leyes de Ingresos de la Federación para los años 1960, 1961 y 1962, que impide la devolución de impuestos pagados indebidamente cuando el crédito fiscal ha sido trasladado a terceros.
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