La inconstitucionalidad de las normas de las Leyes de Ingresos de los municipios de Michoacán, expedidas para el ejercicio fiscal dos mil veinticinco, se determina con base en el cumplimiento de los principios de coordinación fiscal, disciplina financiera y planeación hacendaria.
La Comisión Nacional de los Derechos Humanos promovió acción de inconstitucionalidad contra diversas normas de las Leyes de Ingresos de seis municipios de Michoacán para el ejercicio fiscal 2025. La Suprema Corte analiza si dichas leyes se elaboraron conforme a lo establecido por el Sistema Nacional de Coordinación Fiscal, la Ley de Disciplina Financiera y la Ley de Planeación Hacendaria del Estado de Michoacán, así como otras disposiciones aplicables.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.