La información considerada confidencial, como la denominación o razón social, nombres de representantes, datos de credenciales, logotipos, RFC, firmas, marcas, códigos QR y cadenas digitales, debe suprimirse de las versiones públicas de las sentencias en cumplimiento a la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y su normativa secundaria.
El Pleno de Sala determinó que diversos datos contenidos en una sentencia, tales como la razón social, nombres de representantes, RFC, firmas y códigos QR, son de naturaleza confidencial. Por lo tanto, deben ser suprimidos de la versión pública de la resolución, en estricto cumplimiento a lo dispuesto por la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y los lineamientos aplicables en materia de clasificación y desclasificación de información.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.