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SJF · Tesis

La revisión fiscal se rige por las normas del recurso de revisión en amparo, y dado que el juicio de garantías en materia administrativa es de estricto derecho, no procede la suplencia de la deficiencia de los agravios.

Expediente
Tribunal
Semanario Judicial de la Federación
Ponente
Fecha
1 ene 1955
Materia
administrativa
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La revisión fiscal se rige por las normas del recurso de revisión en amparo, y dado que el juicio de garantías en materia administrativa es de estricto derecho, no procede la suplencia de la deficiencia de los agravios.

Resumen

La presente ejecutoria establece que el recurso de revisión fiscal debe tramitarse conforme a las reglas del recurso de revisión en amparo. En virtud de que el juicio de garantías en materia administrativa es de estricto derecho, se determina que no es posible suplir la deficiencia de los agravios expresados por las partes.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.