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SJF · Tesis

La devolución de cantidades indebidamente pagadas, derivada de la declaración de nulidad de multas de tránsito, no puede condicionarse a la realización de nuevas gestiones administrativas por parte del contribuyente, pues la autoridad demandada debe concretar dicha devolución y el órgano jurisdiccional debe garantizar su efectividad.

Expediente
Tribunal
Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Ponente
Fecha
20 mar 2026
Materia
administrativa
Sentido
concede

Holding · resolución sintética

La devolución de cantidades indebidamente pagadas, derivada de la declaración de nulidad de multas de tránsito, no puede condicionarse a la realización de nuevas gestiones administrativas por parte del contribuyente, pues la autoridad demandada debe concretar dicha devolución y el órgano jurisdiccional debe garantizar su efectividad.

Resumen

El Tribunal Colegiado determinó que cuando se condena a la devolución de cantidades pagadas indebidamente por multas de tránsito declaradas nulas, la autoridad demandada debe gestionar y entregar el pago, sin que sea necesario que el contribuyente realice trámites adicionales. El órgano jurisdiccional debe garantizar la efectividad de la sentencia, por lo que la devolución no puede ser condicionada a nuevas gestiones administrativas, ya que esto retrasa injustificadamente el derecho del contribuyente a la tutela judicial efectiva.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.