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282/2011NiegaTCC10ª Época✓ Fuente verificada
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SJF · Ejecutoria

Los concesionarios del servicio auxiliar de arrastre y traslado de vehículos, al ser señalados como autoridad demandada en un juicio ante el Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Estado de México, están obligados a cumplir las sentencias que emita dicho tribunal.

Expediente
282/2011
Tribunal
Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Ponente
Fecha
14 abr 2014
Materia
sin clasificar
Sentido
niega

Holding · resolución sintética

Los concesionarios del servicio auxiliar de arrastre y traslado de vehículos, al ser señalados como autoridad demandada en un juicio ante el Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Estado de México, están obligados a cumplir las sentencias que emita dicho tribunal.

Resumen

El quejoso, propietario de una empresa de grúas, argumentó que no era una autoridad y que el Tribunal de lo Contencioso Administrativo no podía emitirle órdenes. Sin embargo, se acreditó que él mismo, en su carácter de propietario, contestó una demanda y confesó que su personal trasladó un vehículo a petición de un oficial de tránsito. Esto demostró que su empresa contaba con una concesión y actuaba en cumplimiento de obligaciones legales, por lo que sí estaba sujeta a las resoluciones del tribunal. Al ser infundados sus argumentos, se negó el amparo.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.