La Suprema Corte de Justicia de la Nación no puede imponer una multa ni hacer efectivo un billete de depósito en caso de impedimento, si dicho billete se encuentra endosado a favor de un diverso tribunal y no de la propia Corte.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación desechó de plano un impedimento planteado por la quejosa. La razón fue que el billete de depósito exhibido para garantizar se encontraba endosado a favor del Vigésimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito y no a nombre de la Suprema Corte. Por lo tanto, la Corte no estaba en aptitud de imponer la multa ni hacer efectivo el billete de depósito, pues esto solo sería posible si la recusación tuviera como finalidad entorpecer o dilatar el procedimiento y el billete estuviera a su favor.
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