La nulidad lisa y llana de una resolución que impone multas como medidas de apremio procede cuando la autoridad no motiva la individualización de la sanción, considerando la capacidad económica del infractor, salvo que se trate de la multa mínima.
La Sala Regional en Yucatán declaró la nulidad lisa y llana de una resolución que impuso tres multas a la parte actora. La autoridad demandada no justificó debidamente el monto de las multas, al no considerar la capacidad económica de la infractora como lo exigen los artículos 8, 9 y 13 del Reglamento de la Ley Federal de Protección al Consumidor. Al ser imposible retrotraer las circunstancias para emitir una nueva resolución debidamente fundada y motivada, se declaró la nulidad lisa y llana.
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