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29/2025OtroTCC11ª Época✓ Fuente verificada
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Primer Tribunal Colegiado del Décimo Quinto Circuito

La improcedencia de un recurso de revisión fiscal, al no actualizarse los supuestos previstos en el artículo 15 del Acuerdo General del Pleno del entonces Consejo de la Judicatura Federal, determina la confirmación de la sentencia de nulidad para efectos dictada por el Tribunal Federal de Justicia Administrativa.

Expediente
29/2025
Tribunal
Primer Tribunal Colegiado del Décimo Quinto Circuito
Ponente
José Luis Sandoval Estrada
Fecha
2 jun 2026
Materia
administrativa
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La improcedencia de un recurso de revisión fiscal, al no actualizarse los supuestos previstos en el artículo 15 del Acuerdo General del Pleno del entonces Consejo de la Judicatura Federal, determina la confirmación de la sentencia de nulidad para efectos dictada por el Tribunal Federal de Justicia Administrativa.

Resumen

El Primer Tribunal Colegiado del Décimo Quinto Circuito declaró improcedente el recurso de revisión fiscal interpuesto contra una sentencia del Tribunal Federal de Justicia Administrativa que, si bien declaró la nulidad para efectos de la resolución impugnada, no otorgó derechos a favor del contribuyente. La improcedencia se fundamentó en que el caso no encuadraba en los supuestos del artículo 15 del Acuerdo General del Pleno del entonces Consejo de la Judicatura Federal, relativo al destino final de los expedientes judiciales.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.