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238/2024OtroSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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PRIMERA SALA

El Poder Judicial del Estado de Morelos debe cubrir las pensiones y jubilaciones con cargo a la partida presupuestal correspondiente, conforme a lo establecido en el Presupuesto de Egresos del Estado y la Ley del Servicio Civil local.

Expediente
238/2024
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
ANA MARGARITA RÍOS FARJAT
Fecha
19 mar 2025
Materia
sin clasificar
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

El Poder Judicial del Estado de Morelos debe cubrir las pensiones y jubilaciones con cargo a la partida presupuestal correspondiente, conforme a lo establecido en el Presupuesto de Egresos del Estado y la Ley del Servicio Civil local.

Resumen

El Tribunal Superior de Justicia del Estado de Morelos debe cubrir las pensiones y jubilaciones con cargo a la partida presupuestal designada para tal efecto, según lo dispuesto en el Presupuesto de Egresos del Estado de Morelos para el ejercicio fiscal de 2024 y las disposiciones de la Ley del Servicio Civil del Estado de Morelos. El extracto detalla las asignaciones presupuestales para pensiones y jubilaciones en diversos ejercicios fiscales, confirmando la obligación del Poder Judicial de atender estos pagos.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.