La omisión de valorar pruebas en un juicio de nulidad, tratándose de un crédito fiscal por Impuesto Empresarial a Tasa Única, genera la concesión del amparo para efectos de que el Tribunal Federal de Justicia Administrativa las analice.
El Noveno Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito concedió el amparo a un contribuyente contra la sentencia del Tribunal Federal de Justicia Administrativa. La razón principal fue la omisión de valorar pruebas ofrecidas en el juicio de nulidad, las cuales eran relevantes para determinar la legalidad de un crédito fiscal por Impuesto Empresarial a Tasa Única correspondiente al ejercicio de dos mil trece. El tribunal determinó que esta omisión violaba las garantías de legalidad y debido proceso del contribuyente.
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