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1034/24-19-01-6OtroTFJA11ª Época✓ Fuente verificada
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TFJA · Sala Regional en Chiapas

La prescripción de créditos fiscales se interrumpe por la interposición de medios de defensa cuando estos implican un reconocimiento expreso o tácito de la existencia del crédito, así como por las gestiones de cobro realizadas por la autoridad fiscal.

Expediente
1034/24-19-01-6
Tribunal
Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Ponente
Fecha
8 ago 2025
Materia
fiscal
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La prescripción de créditos fiscales se interrumpe por la interposición de medios de defensa cuando estos implican un reconocimiento expreso o tácito de la existencia del crédito, así como por las gestiones de cobro realizadas por la autoridad fiscal.

Resumen

La Sala Regional de Chiapas analiza la prescripción de créditos fiscales determinados en 2013 y 2014. La actora argumenta que los créditos han prescrito al haber transcurrido los plazos de cinco y diez años. La Sala, sin embargo, considera que la interposición de diversos medios de defensa por parte de la actora, así como las gestiones de cobro realizadas por la autoridad fiscal, interrumpieron el plazo de prescripción, impidiendo su actualización. Por lo tanto, se declara infundada la pretensión de la actora.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.