Los agravios que combaten el fondo del asunto son inoperantes cuando se dirigen contra un desechamiento de plano de la demanda de amparo, pues este solo puede analizar la improcedencia y no el fondo de la controversia.
El tribunal determinó que los agravios presentados en el recurso de queja eran inoperantes en parte e infundados en lo demás. Se consideró que los argumentos que buscaban controvertir el fondo del asunto eran inoperantes, ya que la Juez de amparo había desechado la demanda por una causa manifiesta e indudable de improcedencia, lo que le impedía entrar al estudio de fondo. Por lo tanto, el recurso de queja se declaró infundado.
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