El recurso de revisión en el juicio de amparo indirecto procede cuando de la demanda se desprende la subsistencia de un planteamiento de inconstitucionalidad de una norma general, aun cuando el tribunal colegiado la haya declarado inoperante, si el recurrente demuestra que el asunto reviste importancia y trascendencia.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación analiza la procedencia de un recurso de revisión en amparo indirecto. El tribunal de amparo había desechado el recurso por considerar que los conceptos de violación eran inoperantes y que el asunto carecía de importancia y trascendencia. Sin embargo, el recurrente argumenta que el recurso sí cumple con los requisitos de importancia y trascendencia, al plantear la inconstitucionalidad de diversas fracciones del artículo 46 del Código Fiscal de la Federación y una cláusula de un convenio de colaboración administrativa, en relación con el debido proceso durante las visitas domiciliarias.
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