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SJF · Tesis

La orden de visita domiciliaria expedida por autoridad administrativa debe satisfacer los requisitos constitucionales y legales aplicables, sin distinción entre aquellas que verifican obligaciones fiscales y las emitidas por otras autoridades administrativas.

Expediente
Tribunal
Semanario Judicial de la Federación
Ponente
Fecha
1 jul 1990
Materia
administrativa
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La orden de visita domiciliaria expedida por autoridad administrativa debe satisfacer los requisitos constitucionales y legales aplicables, sin distinción entre aquellas que verifican obligaciones fiscales y las emitidas por otras autoridades administrativas.

Resumen

El criterio establece que las órdenes de visita domiciliaria, independientemente de si son emitidas para verificar el cumplimiento de obligaciones fiscales o por otras autoridades administrativas, deben cumplir con las formalidades exigidas por el artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Esto incluye que la orden sea escrita, emitida por autoridad competente, señale el nombre del visitado y el lugar a inspeccionar, exprese el objeto de la visita y cumpla con otros requisitos legales.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.