InvestigaciónDocumento
En línea
2412/2025NiegaSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
Verificado contra fuente oficial
PLENO

La Suprema Corte de Justicia de la Nación, al resolver recursos de revisión en amparo directo, debe limitarse a las cuestiones propiamente constitucionales, sin poder comprender otras, cuando el asunto revista un interés excepcional en materia constitucional o de derechos humanos.

Expediente
2412/2025
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
MARÍA ESTELA RÍOS GONZÁLEZ
Fecha
12 nov 2025
Materia
sin clasificar
Sentido
niega

Holding · resolución sintética

La Suprema Corte de Justicia de la Nación, al resolver recursos de revisión en amparo directo, debe limitarse a las cuestiones propiamente constitucionales, sin poder comprender otras, cuando el asunto revista un interés excepcional en materia constitucional o de derechos humanos.

Resumen

El presente asunto se relaciona con un recurso de revisión en amparo directo, donde el quejoso impugna la constitucionalidad del artículo 386, fracción I, del Código Nacional de Procedimientos Penales. La Suprema Corte analiza la procedencia del recurso, estableciendo que este se limita a cuestiones constitucionales y que el planteamiento de inconstitucionalidad debe cumplir requisitos mínimos, no ser genérico y no contravenir jurisprudencia existente. En este caso, el argumento de inconstitucionalidad se considera inoperante al existir jurisprudencia que avala la constitucionalidad de la norma.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.